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¿Cuáles son los impuestos de la luz?

Entre las muchas cosas que convierten la factura de la luz en algo peor que el momento en que terminas esa serie a la que has dedicado tantas horas de tu finde, están los famosos impuestos de la luz. Terror absoluto. ¿Qué son? ¿Por qué hay tantos? ¿A qué se debe su existencia?

No es que queramos justificar por qué están ahí, porque es algo que se escapa de nuestras manos, pero creemos que es importante que los conozcas y los tengas presentes (¡suficientemente difícil de entender es el sector eléctrico como para que encima no puedas entender tampoco tu factura de luz!).

En este artículo vamos a ponerle un poco de luz sobre este tipo de impuestos para que puedas sacar conclusiones de tu factura de forma más rápida y sencilla.

Así que relájate y acompáñanos a este viaje para convertirte en maestr@ Jedi de tu factura de luz.

¡Empezamos!

Hora de enfrentarte a tu factura de luz

¿Qué impuestos de la luz se incluyen en tu factura y qué características tienen?

Si le echas un vistazo a tu factura, verás que hay distintos impuestos añadidos a ella. En concreto dos:

  • IVA
  • Impuesto a la electricidad

Ahora bien, ¿a qué hace referencia cada uno de ellos?

IVA

El Impuesto sobre el Valor Añadido de toda la vida. Pese a que el Gobierno ha tomado distintas medidas para reducirlo en periodos en los que el precio de la luz ha subido a máximos históricos, el porcentaje estándar sigue siendo el mismo: un 21%. España es, de hecho, uno de los países de la Unión Europea con un IVA aplicado a la factura de luz más alto. En países como Italia es de un 10%, mientras que en el Reino Unido es de un 5% para consumidores domésticos. Algunos países como Portugal han buscado fórmulas distintas, como reducir el IVA para los primeros 100 kW/h de consumo hasta el 6% y fijar el resto en un 23%.


Impuesto a la electricidad

Este impuesto grava el coste de la producción de electricidad. Apareció en 1998 con el objetivo de cubrir las ayudas destinadas a la minería de carbón, sustituyendo a un recargo en sobre la facturación con la que se financiaba este sector. 

Actualmente, pese a que la minería de carbón está cada vez más en desuso, se sigue manteniendo el impuesto y está regulado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, aunque la idea es que desaparezca más pronto que tarde.

El impuesto eléctrico es del 5.1127% (aunque hasta el 31/12/21 ha sido reducido al 0,5%), y debe pagarlo cualquier hogar, negocio o lugar que tenga dado de alta un suministro eléctrico. Además, se aplica en el término de potencia y en el consumo de la factura de la luz.

También debes saber que los peajes de acceso que se pagan en las facturas y que están incluidos en el precio tanto de la potencia como de la luz que consumes incluyen porcentajes de impuesto a la generación, producción, transporte y distribución. Son algo así como "beneficios" adicionales que las grandes compañías eléctricas cobran como peajes por acceder a sus instalaciones y hacer uso de ellas. Como si de un autopista se tratara.


¿Por qué se establecen impuestos a la luz?

Los impuestos de tu factura de luz, como cualquier otro, tienen como objetivo principal cubrir gastos públicos. De todas formas, el impuesto eléctrico tiene además otras finalidades, como las de garantizar que se realice un consumo responsable de los recursos limitados que la naturaleza pone a nuestra disposición.


¿Puedo evitar pagar el impuesto eléctrico?

Como consumidor final no. Independientemente de cuál sea tu comercializadora, tu distribuidora o tu consumo, siempre deberás pagar el impuesto eléctrico en cada factura. De hecho, tu comercializadora de luz te lo añade en tu factura porque es la responsable de recaudarlo para luego abonarlo al Estado.

Aún así, existen algunas excepciones con las que puedes acogerte a una reducción de estos impuestos. En el siguiente punto te lo contamos más en detalle.


¿Hay exenciones de pago del impuesto eléctrico?

Sí. En el artículo 94 de la Ley 28/2014 se recogen dichas exenciones. Pero no te preocupes, no te haremos leerlo. Te lo resumimos aquí: 

  • El suministro de electricidad que se encuentre en el marco de las relaciones diplomáticas o consulares.
  • La energía eléctrica en las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, siempre que sea para la realización exclusiva de estas actividades.
  • El suministro de energía eléctrica en el marco de un acuerdo celebrado con terceros países u organizaciones internacionales.
  • La energía eléctrica disfrutada por los titulares de las instalaciones de producción acogidas al régimen retributivo específico, conforme a la legislación sectorial.
  • La energía eléctrica suministrada a organizaciones internacionales reconocidas como tales en España y llevado a cabo por los miembros de dichas organizaciones.
  • El suministro de electricidad generada por pilas de combustibles.
  • El suministro de electricidad a las fuerzas armadas de cualquier Estado, distinto de España, que sea parte del Tratado del Atlántico Norte o el llevado a cabo por el personal civil a su servicio, o en sus equipamientos.

Aunque hay casos que no tienen una exención total del impuesto eléctrico, en algunas ocasiones sí puedes beneficiarte de una reducción de hasta el 85% del mismo.


Quién tiene derecho a una reducción del 85% de la Base Imponible del Impuesto Eléctrico

Los casos que tienen derecho a reducciones de hasta el 85% son los siguientes (están recogidos en el artículo 98 de la misma ley):

  • Reducción química y procesos electrolíticos.
  • Procesos mineralógicos.
  • Procesos metalúrgicos. El artículo especifica directamente que esos procesos son “aquellos relativos a la producción de metal y su preparación, así como, dentro de la producción de productos metálicos, la producción de piezas de forjado, prensa, troquelado y estiramiento, anillos laminados y productos de mineral en polvo, y tratamiento de superficies y termotratamiento de fundición, calentamiento, conservación, distensión u otros termotratamientos.”
  • Actividades industriales cuya electricidad consumida represente más del 50% del coste de un producto.
  • Riegos agrícolas.
  • Actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5% del valor de la producción.

Como ves, el mecanismo del impuesto eléctrico termina siendo el mismo que cualquier otro impuesto. Aún así, creemos que es importante que sepas el origen, el por qué y cuánto porcentaje representan en tu factura de luz. Aunque lo hemos dicho muchas veces, en Chippio creemos firmemente que un consumidor/a informado es lo más importante para tomar buenas decisiones y ahorrar en tu factura de luz.


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Siempre sabrás a qué precio estás pagando la luz que gastes (de hecho, desde nuestra app podrás ver información del precio de la luz en tiempo real) y te olvidarás de márgenes añadidos. Lo único que nos llevamos de tu tarifa es nuestra cuota mensual de 3,90€+IVA/mes. En Chippio siempre ganamos lo mismo, independientemente de tu consumo.

Desde nuestra app podrás consultar el precio de la luz en tiempo real así como un historial de tu consumo por periodos (¡incluso cuánto llevas gastado en el periodo de facturación actual!). Además, te avisaremos si el precio sube o baja drásticamente para que puedas controlar tu consumo.

Somos la “V de victoria” sobre las grandes compañías eléctricas que te cuentan lo que quieres oír pero no lo que realmente te terminará beneficiando. Con nosotros no hay ni trampa ni cartón, ¡porque engañarte no nos serviría de nada!

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No te pierdas nuestros otros artículos en el blog y descubre más consejos y recomendaciones para entender tu factura de luz y ahorrar más 🙂

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